Recuerda que el marco jurídico de las terapias naturales “es competencia estatal y está definido a la LOPS”

Además, el máximo representante de los fisioterapeutas españoles ha recalcado que la legislación estatal determina que las actividades sanitarias “sólo puedan ser ejercidas por los profesionales referidos en la LOPS y en los establecimientos debidamente autorizados y reconocidos para tal fin”.
Asimismo, ha alertado “del incremento de locales destinados a otro tipo de actividades que recientemente están incorporando servicios como masajes, osteopatía o presoterapia”, a su juicio poniendo “en grave riesgo la salud del ciudadano”, por lo que esta situación debería ser conocida por las administraciones, políticos y población en general.
Regulación de las terapias naturales
El Supremo estudiará el recurso de casación presentado por la Generalitat de Cataluña contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anula el decreto que pretendía regular las terapias naturales.
El TSJC anuló el mes pasado el decreto que la Generalitat aprobó en enero de 2007 para regular las condiciones del ejercicio de determinadas terapias naturales, al considerar que vulnera la legislación estatal en materia de salud.
El decreto, que pretendía regular el ejercicio de la naturopatía, la kinesiología, la acupuntura y la reflexología podal, entre otras, fue recurrido por el Ministerio de Sanidad, el CGCFE, la Asociación Española de Fisioterapeutas y el Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Cataluña, entre otras organizaciones.
(Fuente: Jano.es)